Retraso de un vuelo en código compartido, ¿qué compañía debe compensar?

El Reglamento CE nº 261/2004 prevé una compensación para el viajero en caso de un retraso importante en el vuelo. Las compañías aéreas comercializan vuelos que confían a otras compañías para su realización. Te explicaré con qué compañía contactar para obtener una compensación tras el retraso de uno de estos vuelos de código compartido.

¿Cuáles son mis derechos en caso de retraso de un vuelo?

La jurisprudencia relativa al Reglamento europeo 261/2004 permite a los pasajeros que sufran un retraso de al menos tres horas en el avión a su llegada beneficiarse de una compensación fija que oscila entre 250 y 600 euros, en función de la distancia del vuelo y de la duración del retraso.

Importe de la indemnización por retraso en la llegada
Ruta Compensación a tanto alzado
En la Unión Europea Entre la UE y un tercer país
Hasta 1500 kilómetros 250€ si llega tarde ≥ 3 horas 250€ si llega tarde ≥ 3 horas
De 1501 kilómetros a 3500 kilómetros 400€ si llega tarde ≥ 3 horas 400€ si llega tarde ≥ 3 horas
Desde 3501 km y más 400€ si llega tarde ≥ 3 horas 300€ si llega tarde ≥ 3 horas y < 4 horas
600€ si llega tarde ≥ 4 horas

El reglamento cubre todos los vuelos que salen de un aeropuerto europeo, independientemente de la aerolínea utilizada, así como los vuelos de todo el mundo que aterrizan en un aeropuerto europeo si son operados por una aerolínea europea.

Cuando el viaje implique varios vuelos de conexión, la distancia utilizada será la de un vuelo directo entre el aeropuerto de origen y el aeropuerto de destino final, sin tener en cuenta las escalas. El retraso compensable es el observado a la llegada al destino final.

Consulte mi artículo detallado sobre sus derechos europeos en caso de retraso de un avión para obtener más información.

¿Qué es el robo de código compartido?

Para ampliar geográficamente su red o aumentar las frecuencias ofrecidas, una empresa puede comercializar bajo su marca un vuelo que no realiza con sus propios aviones asignándole un número de su nomenclatura habitual. El cliente es transportado a bordo de una empresa colaboradora, entre los pasajeros que compraron su billete directamente a esta otra empresa. Esto se llama en la jerga “vuelo de código compartido” o código compartido en Inglés.

Un viaje que incluye un vuelo en código compartido puede realizarse íntegramente con una sola compañía (vuelo directo o conexión entre dos vuelos operados por la misma compañía) o con varias compañías (el viaje se realiza con una primera compañía que confía al viajero a una segunda compañía durante una escala).

Para obtener más información, consulte mi artículo explicativo sobre código compartido.

¿A qué compañía puedo solicitar una compensación por retraso en un vuelo de código compartido?

La normativa europea hace que la compensación a los pasajeros sea responsabilidad del transportista real.

Por tanto, en caso de retraso en un vuelo en código compartido, la indemnización debe reclamarse a la compañía que realizó el viaje y no a la compañía que vendió el vuelo.

Por ejemplo, la indemnización fija de 600 euros por un retraso igual o superior a 4 horas de un vuelo París/Atlanta comercializado por Air France (número de vuelo AF3620) y efectivamente realizado a bordo de un avión de Delta Airlines (DL83) debe solicitarse al servicio posventa de la compañía estadounidense.

Tenga en cuenta que el retraso de un vuelo en código compartido con llegada a Europa desde un país extranjero realizado por una compañía de un tercer país no se compensa incluso si se reservó con el número de vuelo de una compañía europea.

Por ejemplo, el retraso de un vuelo Atlanta / París comercializado por Air France (AF3595) y operado por Delta (DL84) no da derecho a compensación alguna.

¿Quién puede solicitar una compensación por retraso en un vuelo de código compartido con conexión entre dos compañías?

Siempre que los vuelos de conexión formen parte de una única reserva, un viaje iniciado en Europa estará cubierto por la normativa de la UE de principio a fin. Incluyendo cuando el itinerario incluya una escala en un tercer país para abordar una compañía no europea y el retraso sea imputable a este último vuelo.

La sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el 11 de julio de 2019 en el contexto del asunto C‑502/18 CS contra CSA Czech Airlines refuerza la protección de los viajeros que toman un vuelo de código compartido comercializado por una compañía europea y operado por una compañía aérea de un tercer país en un tercer país después de un vuelo comercializado y operado por una compañía europea con salida desde Europa. En caso de retraso en el destino final procedente del segundo vuelo, Se puede solicitar una compensación a la compañía europea que realizó el primer vuelo..

Por ejemplo, la indemnización fija de 600 € por un retraso igual o superior a 4 horas de un vuelo Atlanta / Austin comercializado por Air France (número de vuelo AF2537) y realizado a bordo de un avión de Delta Airlines (DL1739) que sigue a un vuelo París / Atlanta comercializado y realizado por Air France (número de vuelo AF682) que llegó a tiempo se puede solicitar al servicio postventa de Air France.

Tenga en cuenta que, en dirección opuesta a Europa, el retraso atribuido a un vuelo previo a la ruta realizado por una compañía aérea no europea no es compensable.

Por ejemplo, el retraso de un vuelo Austin / Atlanta comercializado y operado por Air France (AF8605) y operado por Delta (DL1384) que provoca la pérdida de la conexión con el vuelo Atlanta / París comercializado y operado por Air France (número de vuelo AF689) no da derecho a ninguna compensación por el retraso resultante en la llegada a París.

Si la compañía aérea designada por la normativa europea se resiste a pagarle el importe que le debe tras el retraso de un vuelo de código compartido, puede confiar la misión a un especialista en compensación de pasajeros, como AirHelp o Flightright, que realizará todos los trámites por usted.

¿Ha determinado qué compañía debe compensar el retraso de un vuelo de código compartido?

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