Convenio de Montreal o de Varsovia, ¿cuál se aplica?

El Convenio de Varsovia y el Convenio de Montreal regulan el transporte internacional de personas, equipajes y mercancías por vía aérea al extranjero. Sobre ellos descansan los fundamentos de los derechos de los pasajeros. Se aplica uno u otro dependiendo del movimiento realizado. Te explico cómo determinar qué texto se refiere a tu viaje.

Un siglo de estandarización inconclusa

Desde 1929, el transporte aéreo internacional se rige por el “Convenio para la unificación de ciertas reglas relativas al transporte aéreo internacional” también llamado Convenio de Varsovia.

Con el tiempo, este convenio ha sido objeto de diversas modificaciones: el Protocolo de La Haya en 1955, el Convenio Suplementario de Guadalajara en 1961, el Protocolo de Guatemala en 1971 y finalmente el Protocolo de Montreal en 1975. No todos los países firmantes del convenio inicial lo han ratificado. estas modificaciones.

Para restablecer algo de orden, en 1999 se redactó un nuevo convenio internacional: el Convenio de Montreal. Pero aquí también persiste la resistencia. Veinte años después, algunos países permanecieron en la Convención de Varsovia.

Dos convenios para los derechos de los pasajeros

El Convenio de Varsovia y el Convenio de Montreal persiguen el mismo objetivo: proteger a los consumidores. Definen, en particular, las responsabilidades de las compañías aéreas en caso de:

  • muerte o accidente de viajeros
  • pérdida o daño de equipaje y mercancías
  • demora.

Los límites máximos de compensación establecidos en el nuevo Convenio de Montreal son más generosos que los previstos en el antiguo Convenio de Varsovia.

En última instancia, el sistema de Varsovia debería acabar desapareciendo. Hasta entonces, es necesario comprobar qué normativa se aplica a cada viaje.

Determinar la convención aplicable.

Los convenios de Varsovia y Montreal se refieren únicamente al transporte internacional.

El transporte internacional es:

  • un viaje entre 2 países diferentes
  • o un viaje dentro del mismo país con escala fuera de ese país.

Un vuelo nacional seguido o precedido de un vuelo internacional (con la misma compañía u otra) se considera transporte internacional si los vuelos son objeto de una única reserva.

Para que un viaje esté protegido por el Convenio de Montreal, tanto el país de origen como el país de destino final deben aplicar este nuevo texto. De lo contrario, el viaje está sujeto a las normas del antiguo sistema de Varsovia. La nacionalidad de la aerolínea no entra en juego.

Determinación del convenio aplicable al transporte aéreo internacional
Convenio aplicable en cada país Convenio aplicable a los viajes
País de salida País de escala
(opcional)
País de llegada
Montréal Varsovia o Montreal Montréal Convenio de Montreal
Varsovia Varsovia o Montreal Montréal Convención de Varsovia
Montréal Varsovia o Montreal Varsovia Convención de Varsovia
Varsovia Varsovia o Montreal Varsovia Convención de Varsovia

Lista de países que han adoptado el Convenio de Montreal

La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), organismo de la ONU que desarrolla las normas para el transporte internacional, publica la lista actualizada de países que aplican las disposiciones del Convenio de Montreal y desde cuándo (última columna «fecha de entrada en vigor»). ”en el documento).

Si un país no aparece en esta lista (o si no se estipula ninguna fecha de entrada en vigor), es porque sigue siendo parte del Convenio de Varsovia.

Todos los países de la Unión Europea han adoptado el Convenio de Montreal. Mejor aún, el Reglamento europeo CE nº 889/2002 somete todos los vuelos realizados por compañías europeas al Convenio de Montreal, incluidos aquellos que no responden a la definición de transporte internacional y aquellos a los que normalmente se aplica el Convenio de Varsovia.

¿Has logrado determinar el convenio aplicable a tus viajes aéreos?

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